¿Alumnos o mano de obra barata?



Las reiteradas modificaciones llevadas a cabo últimamente de la regulación del contrato laboral de Formación y Aprendizaje (uno de los contratos temporales formativos), junto al inicio de la implementación de la llamada Formación Profesional Dual en el sistema educativo y a la extensión de diversos mecanismos de trabajo becario, incluso en sectores donde no era usual el recurso a dicha figura formalmente ajena a la legislación laboral, configuran el escenario de una ofensiva novedosa, pero profunda, contra las condiciones de trabajo de la juventud.
                Expliquémonos: el recurso, cada vez más generalizado, a los mecanismos de utilización de la mano de obra situada en las llamadas “zonas grises” del ámbito laboral (los espacios de escasa regulación existentes en el marco de las lagunas entre el Derecho del Trabajo y otros órdenes normativos conexos) ha venido desplegándose paralelamente a los procesos de descentralización productiva  y de flexibilización del ordenamiento social. La irrupción de los denominados “falsos autónomos” (trabajadores que formalmente lo son por cuenta propia, pero que realmente dependen en todo de una cadena de valor manejada desde el exterior) y su cuasi legalización mediante la figura del “trabajador autónomo económicamente dependiente”, así como la explosión del recurso al trabajo migrante o a la configuración de la relación laboral como una “experiencia formativa” (y, por tanto, ajena a los derechos regulados en el Estatuto de los Trabajadores) vía becas, han marcado la evolución normativa de los últimos tiempos.
                Es en ese marco que se produce el despliegue de una estrategia de abordaje del empleo juvenil integrada por diversos elementos: la configuración de figuras de becas ajenas a su espacio habitual (el marco de la universidad y los centros de investigación superior), el desarrollo del llamado “Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales “ y las vías de obtención de los “certificados de profesionalidad” asociados, la configuración de la FP Dual y las modificaciones recurrentes del contrato de Formación y Aprendizaje.
                El hilo conductor de este desarrollo normativo es abrir la posibilidad de obtener empleo joven sin necesidad de remunerarlo conforme a los estándares vigentes en su ámbito profesional y, en algunos casos, sin necesidad de cotizaciones a la Seguridad Social. Dicho empleo se produce en ámbitos poco o fragmentariamente regulados que dificultan el control de las condiciones laborales y en el marco de una articulación poco clara con dinámicas de formación.
                Concretamente, si nos detenemos  en lo poco que ha sido ya regulado respecto de la Formación Profesional Dual (una exigencia asociada al rescate financiero del verano pasado), lo cierto es que la normativa deja gran cantidad de cosas en la indeterminación más absoluta. De momento, las empresas podrán impartir el módulo de Formación en Centro de Trabajo (las llamadas “prácticas”), que se amplía hasta una duración de al menos el 33 % del ciclo formativo, sin que aún se indique claramente cuál va a ser la relación del alumno con las mismas (¿una beca?, ¿un contrato laboral para la formación?) y, por tanto, cuál va ser la regulación, laboral o no, de su actividad. Asimismo, las empresas podrán impartir más módulos, además del de prácticas, en función del concreto convenio que firmen con el centro educativo, lo que, unido a la posible disminución del número de horas en las aulas por la ampliación de la FCT, podría implicar una enorme pérdida de empleo docente. Lo cierto es que, de momento, casi todo queda al albur de esos hipotéticos convenios entre centro educativo y empresas que marcan una profundización del proceso de privatización de la enseñanza.
                Se trata, en todo caso, de obtener empleo joven y extremadamente barato, lo que también contribuirá a disminuir los rangos salariales en las profesiones afectadas (ya es un rumor insistente que algunas grandes empresas planean sustituir sus categorías menos especializadas con  remesas anuales de trabajadores de este tipo) y a conseguir una hipotética disminución ficticia de la tasa de desempleo. La versión hispánica de los “minijobs” alemanes, en el marco, sin embargo, de una sociedad con recortes generalizados en  las prestaciones públicas del llamado Estado del Bienestar.
                Lo que también es un rumor insistente es que las primeras tentativas de implantación de estas dinámicas no están siendo todo lo exitosas que se esperaba. Las pequeñas empresas nacionales no parecen entusiasmadas con tener que pagar nada por el trabajo en prácticas (por poco que sea). La FP dual, así, parece diseñada específicamente para la gran empresa, y sólo podrá implantarse de manera efectiva si viene asociada a facilidades financieras (en términos de bonificaciones a la Seguridad Social, incentivos o subvenciones) pagadas directamente por los contribuyentes. Un nuevo marco de medidas, pues, encaminadas a la promoción de los intereses privados en detrimento de las condiciones vida de la clase trabajadora.
José Luis Carretero Miramar.



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